En Palma a 9 de mayo de 2020
Estimado jugador y club federado,
En la mañana de hoy se ha publicado en el BOE la orden ministerial que entre otras cosas regula las actividades deportivas durante la fase 1 en instalaciones deportivas. Según dicha orden se contemplan las siguientes ordenaciones en relación a la práctica del pádel:
1.- Podrán acceder a los clubs deportivos cualquier ciudadano que desee practicar el pádel siempre con cita previa.
2.- Antes de su apertura, el club deberá de realizar una limpieza y desinfección general de la instalación. Las instalaciones deben de cumplir con las normas básicas decretadas por el Ministerio de Sanidad para la fase 1 en el Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
3.- Los horarios de apertura y cierre de los clubs serán los que habitualmente utilizan, a no ser que cada club cambie sus horarios según sus necesidades. Para practicar el pádel se deberá concertar previamente con el club el horario de juego.
4.- Los clubs de pádel podrán utilizar el 30% de su capacidad de aforo de uso deportivo.
5.- Solo se podrá practicar el pádel de manera individual, es decir un jugador contra otro jugador o bien un jugador con un entrenador.
6.- No estarán habilitados los vestuarios ni zonas de duchas del club. Solo se habilitarán en casos excepcionales para una persona con una desinfección en cada uso.
7.- Al finalizar cada turno en cada pista se desinfectará el material común o compartido y al finalizar la jornada se procederá a la limpieza general de todas las instalaciones.
Finalmente os adjuntamos un documento con consejos para la práctica del pádel.
Gracias y mucho ánimo y mucha salud para todos.